lunes, 9 de enero de 2012

DERECHO MUSULMAN


FUENTES DEL DERECHO MUSULMÁN

Muere mahoma y terminan las revelaciones divinas y el coran resultó ser insuficiente como norma, entonces se recurre a otras fuentes y a la opinión de los doctores interpretes legítimos de los textos sagrados que vienen siendo los titulares del poder legislativo.
1.- El coran
  • No es un código de Derecho.
  • Las disposiciones de naturaleza jurídica que contiene son insuficientes.
  • Los doctores han hecho interpretaciones autenticas del mismo y el juez aplica esas interpretaciones.
2.- El sunna
  • Significa modelo o ejemplo
  • Representa el modo de ser y de conducirse del profeta (servir de guía)
  • Constituido por H`ADITH .- Parábolas relativas a los actos y palabras de Mahoma, (transmitidas por intermediarios), así como practicas y costumbres que no objeto.
3.- El idjma
  • Constituido por el acuerdo unánime de los doctores.
  • Es el dogma de la infalibilidad de la comunidad musulmana cuando la opinión de esta es unánime.
  • No es histórica como las dos anteriores, las cuales el juez no esta obligado a consultarlas, ya que una interpretación infalible y definitiva la da el IDJMA.
  • Hoy solo consultan libros del FIGK aprobados por el idjma.
  • Única base dogmática del Derecho.
4.- El quiyas
  • Razonamiento por analogía
  • El derecho musulmán es un derecho cerrado (que hay respuesta para todas las cuestiones que puedan plantearse)
  • Entonces, ha sido necesario un procedimiento capaz de regular en el futuro las hipótesis para las que no ofrece solución el FIGK.
  • Ha sido elevado al rango de fuente del derecho pese a que es un simple procedimiento analógico.
  • Es de interpretación y aplicación al derecho, sin que se pueda crear normas fundamentales con valor absoluto.

 LAS ESCUELAS (derecho musulmán)
A raíz de los distintos resultados concretos a que se había arribado en la solución de los diversos casos se determino el surgimiento de un gran número de escuelas que desaparecieron y de las cuales existen aun hoy  las cuatros siguientes: 

Ø  ESCUELA HANEFI: Es la primera en crearse y se le considera la más liberal. Fundada por Abu hanafi, se extendió a todo el imperio otomano, y que es hoy oficial para los musulmanes sunnies en Jordania, Líbano, Siria, Irak, Afganistán, Pakistán.

Ø  ESCUELA MALEKI: Se fundo en medina, por Malik Ibn Anas, son muy pocos los musulmanes que la practican. Se ha seguido en parte de Egipto, Mauritania, sudan central y occidental, Nigeria y noroeste de Eritrea.

Ø  ESCUELA XANEFI : Fundada por Muhamed Ahs Shafi, cuyo adeptos constituyeron la tercera parte de los musulmanes Sunnies, siendo ellos los habitantes de Etiopia meridional, Somalia, una pequeña parte de Eritrea, los de Kenya y Tangañica, la mayor parte de los habitantes del Cairo, gran parte de los musulmanes que habitan el estado de Israel, y todos los Sunnnies de Yemen.
Ø  ESCUELA HAMBALI: Fundada por ahmad ibn hanbal profesada por toda la población de Arabia Central, Nejed y Territorios sobre el Golfo Pérsico y algunos grupos en Irak, Siria e Israel.
DERECHO PUBLICO
Ø  Lo que se conoce como derecho público, no forma parte del derecho islámico, (no de forma clásica) esto a razón de la muerte del profeta que impidió incluirlo en el Corán.
Ø  La aparición de tratados es tardía
Ø  Califa es el jefe de la monarquía islámica, puede confiar el gobierno de algunas partes del imperio a los príncipes con títulos de Sultán o Emir (con los mismo poderes que el Califa)
Ø  Lo anterior no esta considerado legal por el derecho musulmán, considera que la ley revelada padece notables detrimentos, condena al fraccionamiento a la comunidad musulmana, la cual debe formar una sola nación bajo un solo gobernante.
DERECHO PENAL
·         Dado su carácter religioso no hace una distinción entre pecado y delito.
·         En varios casos no es la autoridad sino el afectado quien tiene el derecho de obtener el castigo del delincuente o de condonarle la pena o de ejecutarla personalmente (como ocurre cuando hay flagrancia).
Los delitos penales se dividen en tres categorías:

Delitos de Sangre:
Las penas son el talión y la composición.
·         La pena del talión se aplica en caso de homicidio doloso y lesiones corporales dolosas.
·         La composición puede ser grave o leve; en caso de homicidio, consiste en la entrega de cien camellos, de no haber camellos disponibles, el valor correspondiente.
·         No hay lugar a la pena del talión por falta de dolo o en caso de que la víctima sea un infiel y el autor un musulmán.
·         Infieles, mujeres y esclavos reciben una composición inferior a la que correspondería si la víctima fuera un musulmán o un libre.
Delitos contra la Religión:
·         Apostasía: acto por el cual el musulmán abjura de su fe, y la blasfemia o injuria contra Dios, un ángel o un profeta; si el apóstata no se retracta, es condenado a muerte.
·         Fornicación: la pena varía de 100 azotes a la lapidación.
·         Calumnia (entendida como falsa imputación de fornicación de parte de una musulmana capaz): es castigada con 80 azotes.
·         Hurto: se castiga con la amputación de la mano derecha, y en caso de reincidencia, amputación del pie y mano alternativamente.
·         Ingestión de bebidas embriagantes: se castiga con 40 azotes.
·         Bandolerismo: es castigado por penas que varían de la fustigación (azotes) a la pena de muerte.
Delitos nocivos para la buena Convivencia Social:
·         Comportan otras transgresiones a los preceptos divinos.
·         La pena queda sujeta a la libre apreciación del Juez, pero en todo caso deben estar por debajo de las correspondientes penas fijas.
·         Respecto a delitos culposos, se puede imponer además de la pena, penitencias expiatorias (ejemplo, manumisión de un esclavo, o de no existir tal posibilidad, un ayuno de tres días).

DERECHO DE FAMILIA
ü  No dirigido al individuo sino a la familia – ligado al padre
ü  Las normas establecidas en el Corán regulaban (matrimonio, filiación, herencia) estructuras fundamentales la transmisión y conservación de la propiedad.
ü  Matrimonio = contrato con el antecedente de una promesa

Requisitos

  • Aptos para consumarlo
  • Aptos mentales
  • Indispensable que el hombre sea musulmán, no en la mujer esta puede ser de otra religión revelada (RELIGIÓN REVELADA: se fundamenta una verdad de carácter sobrenatural desde una deidad o ámbito trascendente y que indica a menudo cuales son los dogmas en lo que se debe creer las normas a seguir, sus reglas son por deidades por mensajes divinos “manifestando la obra y gracia de la providencia”)
  • La mujer musulmana no puede contraer matrimonio con un hombre no musulmán
  • Dote
  • El hombre entrega el dote (considerado freno al repudio)
  • Cuando el repudio se daba la dote se consideraba garantía para la repudiada o la viuda en caso de muerte del hombre.
La dote era equivalente a la mujer (edad, belleza y clase social)

 

CARATERISTICAS FUNDAMENTALES

ü  Para cerebrarlo no figura la mujer (futura esposa)solo el tutor y la dote
ü  EL CORAN, fija 4 es esposas y concubinas indeterminadas
Restricción: económica, el numero de matrimonios esta limitado al dinero que el hombre posea.
DEBERES DE LA MUJER
  • prestación conyugal: gratificación sexual y emocional, mecanismo para reducir tensión, procreación legítima, alianza interfamiliar, solidaridad de grupo.
  • obediencia
  • el hombre a cambio proporcionaba lo necesario económicamente, y noches alternadas entre cada una de las esposas.

BIENES
  • cada uno de los cónyuges es administrador de sus bienes,
  • el matrimonio no produce comunidad de bienes (no hay sociedad)

DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO
  • divorcio promovido por el marido
  • por la esposa siempre que sea fundado

OTRAS FORMAS DE DISOLUCIÓN

  • muerte
  • juramento de abstinencia del marido
  • juramente imprecatorio (adulterio de la esposa y en consecuencia hijos ilegítimos)

FORMA
  • Invocando a Alá 4 veces en testimonio de que lo dicho es verdad y la 5ta vez invocar sobre ellos la maldición de Alá por si mentía.
  • DEFENSA DE LA ESPOSA: invocar a Alá 4 veces y la 5ta invocar sobre ella la ira de Alá por si mentía.
  • REPUDIO: por parte del marido, para ser valido deberá ser pronunciado antes del vencimiento término de 4 meses y 10 días.

PECADOS

  • toda relación sexual fuera del matrimonio y concubinato
EL DERECHO ISLÁMICO RECONOCIA SOLO: la filiación por legitima, ignora la legitimación, la adopción y el reconocimiento de hijos ilegítimos.

DATO CURIOSO

Después de la muerte de Kadija, Mahoma se caso 15 veces, aunque el Corán solo permite 4, pero por ser profeta se creyó exento de este precepto.

SISTEMA TRIBUTARIO

  • pago anual de Azaque, diezmo sobre el rebaño, recolecciones, bienes comerciales etc., es el antecedente del diezmo (limosna a los necesitados)
  • Azaque puesto a disposición de Mahona para su distribución derivado de los gastos provocados por la guerra santa.
  • Actualmente el Azaque es una limosna legal destinada a los pobres y deudores en un fondo de solidaridad entre los fieles
  • Impuestos gravosos-pagados por cristianos infieles y judíos. Tipos: capitación por cada varón (jizia) impuesto; y tributo sobre las tierras (jarch)
  • Los tributos sirven para atender gastos de utilidad general.
  • Organismo encargado de la administración financiera el Divan.

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